IRPF de la pensión en 2026: de bruto a neto, y cuándo tienes que declarar
La respuesta corta. La pensión pública tributa en el IRPF como un sueldo, no como una inversión. Hacienda descuenta un poco cada mes (la retención) y ajusta la cuenta final en la declaración del año siguiente. Cuánto se va depende de la pensión, de tu mínimo personal y —si además rescatas un plan de pensiones o cobras de otro sitio el mismo año— de si tienes uno o dos pagadores, que es lo que decide si tienes que declarar.
El error más caro de esta franja es comparar el sueldo neto de hoy con la pensión bruta que da un simulador. Aquí va de bruto a neto, con una tabla calculada con la misma cuenta que usa la calculadora de este sitio, no con una tabla nueva inventada para la guía.
La pensión tributa como un sueldo
Fiscalmente, la pensión pública de jubilación es rendimiento del trabajo, el mismo cajón que una nómina. No entra por la base del ahorro —la de los fondos, las acciones o los depósitos—, que tiene su propia escala y normalmente tipos más bajos. Entra por la base general, junto con lo que cobres ese año por trabajar, por el paro o por rescatar un plan de pensiones.
Eso tiene una consecuencia que sorprende a quien viene de una nómina limpia: la pensión no tiene descuento de Seguridad Social, porque ya no cotizas. Lo único que se resta es el IRPF.
14 pagas, no 12
La pensión contributiva se cobra en 14 pagas al año, dos de ellas extraordinarias en junio y noviembre. El IRPF se calcula siempre sobre el total anual —14 pagas sumadas—, así que da igual cómo lo reparta tu banco: lo que importa para la cuota es el bruto del año entero, no lo que entra cada mes.
Retención mensual y cuota final: dos cosas distintas
Cada mes, el INSS aplica una retención: un porcentaje que descuenta por adelantado, calculado para acercarse a lo que tocará pagar en la declaración del año siguiente. Es una estimación, no la cuenta definitiva. La cuota real se cierra en la Renta del año siguiente, con tu situación completa —si hubo cambios de pensión, si rescataste un plan, si tuviste otras rentas—, y ahí se ajusta: si retuvieron de más, Hacienda devuelve; si retuvieron de menos, toca pagar la diferencia.
Esta guía no publica la tabla oficial de porcentajes de retención mensual del Reglamento del IRPF, que cambia por tramos de pensión, situación familiar y comunidad. Lo que sí se puede calcular con precisión, y es lo que importa para comparar con un sueldo, es la cuota anual: cuánto de la pensión bruta del año se queda finalmente Hacienda.
Qué rebaja la cuota
Tres piezas deciden cuánto pagas, y las tres están declaradas en la calculadora:
- El mínimo personal. Un tramo de la pensión no tributa: son 5.550 € al año para cualquiera, y 1.150 € más si tienes 65 años o más —que es el caso de la inmensa mayoría de quien cobra una pensión de jubilación—. Ese mínimo se resta antes de aplicar la escala, así que sube la parte que se libra de impuesto.
- Una deducción genérica por gastos. La ley resta 2.000 € al año de cualquier rendimiento del trabajo, pensión incluida, antes de calcular la base. Para pensiones bajas hay además una reducción por rendimientos del trabajo, que se explica justo debajo de la tabla.
- La escala, con su tramo autonómico. El IRPF tiene una parte estatal, igual en toda España, y una parte autonómica que cada comunidad fija por su cuenta y que puede ser bastante distinta entre unas y otras. No hay una tabla nacional única que valga para las diecisiete: esta guía y la calculadora usan una escala combinada aproximada, no la de ninguna comunidad concreta.
Sobre la pensión bruta anual (14 pagas) de cada persona, en euros de 2026. Cuanto más alta la pensión, mayor el tramo que se va en impuesto: el mínimo personal pesa menos cuanto más grande es la base.
De bruto a neto: la tabla
Estos números no son una tabla nueva: son la salida de la misma función que usa la calculadora de este sitio para convertir tu pensión bruta en neta, ejecutada con cuatro pensiones mensuales de referencia. Sus supuestos son los mismos que usa la calculadora: una persona sola (sin declaración conjunta), 65 años o más (el mínimo personal completo), sin otras rentas ese año y con la escala combinada aproximada de la sección anterior, no la de una comunidad concreta.
| Pensión (14 pagas) | Bruto anual | Neto anual | Neto al mes (÷12) | IRPF efectivo |
|---|---|---|---|---|
| 1.500 €/mes | 21.000 € | 18.336 € | 1.528 € | 12,7% |
| 2.000 €/mes | 28.000 € | 23.308 € | 1.942 € | 16,8% |
| 2.500 €/mes | 35.000 € | 28.208 € | 2.351 € | 19,4% |
| Máxima: 3.359,60 €/mes | 47.034 € | 35.943 € | 2.995 € | 23,6% |
La columna «neto al mes» divide el neto anual entre doce, no entre catorce: es la forma de comparar con un sueldo neto mensual, que es exactamente lo que hace la calculadora cuando pone las dos cosas una al lado de la otra. Si lo que quieres es el importe de cada una de las 14 pagas ya con IRPF descontado, divide el neto anual entre 14 en vez de entre 12.
Y por debajo de unos 1.400 € al mes
La tabla empieza en 1.500 € a propósito. Por debajo de unos 19.750 € brutos al año —unos 1.410 € al mes en 14 pagas— entra en juego la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, que llega a 7.302 € al año para rendimientos de hasta 14.852 € y se va apagando entre esas dos cifras. Con ella, una pensión de 1.000 € al mes prácticamente no paga IRPF: 14.000 € menos los 2.000 € de gastos y los 7.302 € de reducción deja una base por debajo del mínimo personal de un mayor de 65.
Tiene una condición: que el resto de tus rentas, las que no vienen del trabajo, no pase de 6.500 € al año. En un plan como los que se hacen en esta calculadora, lo normal es que la cartera genere más que eso en rentas del ahorro, y entonces la reducción desaparece. Por eso la calculadora no la aplica: si tu pensión es baja y apenas tienes otras rentas, tu neto real será mejor que el que te enseña.
¿Tienes que hacer la declaración?
Depende de cuánto cobres y de cuántos pagadores tengas ese año. No es lo mismo cobrar solo de la pensión pública que cobrar de la pensión y, el mismo año, rescatar un plan de pensiones o cobrar una segunda pensión: cada uno de esos orígenes cuenta como un pagador distinto.
| Situación | Umbral para tener que declarar |
|---|---|
| Un solo pagador (solo la pensión pública) | A partir de 22.000 €/año brutos |
| Dos o más pagadores (pensión + plan de pensiones, o dos pensiones) | A partir de 15.000 €/año brutos en total, si el segundo pagador y los siguientes suman entre todos más de 1.500 €/año |
| Dos o más pagadores, pero el segundo no llega a 1.500 €/año | Sigue valiendo el umbral de 22.000 € |
El salto entre los dos umbrales es donde la gente se lleva la sorpresa. Alguien con una pensión de 18.000 € al año no tiene que declarar si esa es su única renta —está por debajo de 22.000 €—. Pero si ese mismo año rescata 3.000 € de un plan de pensiones, ya tiene dos pagadores con el segundo por encima de 1.500 €, así que el umbral que le toca es el de 15.000 €… y sus 18.000 € de pensión ya lo superan de sobra. Pasa de no tener que declarar a tener que hacerlo, no porque haya cobrado mucho de golpe, sino por cómo se cuenta el número de pagadores.
Por debajo de 1.000 € al año de rendimientos totales, no hay obligación de declarar en ningún caso. Y una cosa que conviene tener clara: estos umbrales dicen cuándo hay obligación de declarar, no cuándo conviene. Con retenciones altas y pocas rentas, a veces sale a devolver aunque no toque presentarla, y solo se cobra si se presenta.
Rescatar el plan de pensiones sube el tipo del año
Además de la cuestión de si tienes que declarar, hay una segunda: cuánto se paga. Como el rescate de un plan también es rendimiento del trabajo, se apila sobre la pensión del mismo año y empuja el conjunto hacia un tramo más alto. No es un impuesto aparte con su propio tipo: es más dinero entrando en la misma escala progresiva, el mismo año.
La mecánica completa —por qué tributa el importe íntegro, no solo la ganancia, y cómo repartir el rescate en varios años para no concentrarlo en uno caro— está en la guía de rescatar el plan de pensiones. Si vas a rescatarlo el mismo año en que empiezas a cobrar la pensión, es la primera guía que hay que leer antes de decidir cuándo.
Si tu pensión roza el tope
Cuanto más alta la pensión, mayor la parte que se va en IRPF: en la tabla de arriba pasa de un 12,7% efectivo con 1.500 €/mes a un 23,6% con la pensión máxima. Quien está cerca del tope de 47.034,40 € al año —explicado con detalle en esta guía— tributa en la franja más alta de todas las que puede alcanzar una pensión pública, que es justo lo que hace más dañino comparar esa cifra en bruto con un sueldo neto de hoy.
Cómo lo hace la calculadora
En Retiro, la casilla «Las cifras de arriba son BRUTAS (antes de IRPF)» viene marcada: la calculadora toma la pensión que da el simulador de la Seguridad Social —que es bruta— y la convierte en pensión neta, con el mismo cálculo que sale en la tabla de arriba. Es la única forma honesta de comparar tu último sueldo neto con tu primera pensión: las dos cifras en la misma unidad, no una bruta contra otra neta.
Preguntas que llegan una y otra vez
¿La pensión de viudedad tributa igual?
Sí, con la misma escala y el mismo mínimo personal: también es rendimiento del trabajo. Si además cobras una pensión de jubilación propia el mismo año, las dos suman en la misma base general, y eso es justo el caso de «dos pagadores» de más arriba —aunque las dos vengan del mismo organismo, el INSS emite dos certificados de retenciones distintos porque son dos expedientes.
¿Y si soy mutualista, con aportaciones anteriores a 1979?
Hay un régimen transitorio que reduce la tributación de la parte de la pensión que corresponde a esas aportaciones antiguas. Es un caso específico que esta guía y la calculadora no modelan: si te aplica, tu cuota real puede ser bastante menor que la de la tabla de arriba, y conviene revisarlo con tu asesoría antes de dar por buena ninguna cifra genérica.
¿Por qué me retienen menos al principio del año que al final?
Porque la retención se recalcula cuando cambia algo relevante —una subida de la pensión, un cambio de tramo— y el INSS reparte lo que falta de cuota entre las pagas que quedan. No es un error: es el mismo mecanismo que ajusta la retención de una nómina cuando cambias de sueldo a mitad de año.
¿Puedo pedir que me retengan más para no llevarme un susto en la declaración?
Sí. Se puede solicitar un tipo de retención superior al que corresponde por defecto, y es una forma sencilla de no tener que ahorrar aparte para la Renta si sabes que vas a tener otras rentas el mismo año —como el rescate de un plan—. El trámite se hace ante el INSS o la entidad pagadora.
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Esto no es asesoramiento fiscal. Es una explicación general y una calculadora, con una escala aproximada que no es la de ninguna comunidad autónoma en concreto. Para tu caso —tu comunidad, tus otras rentas, si eres mutualista— la cifra fiable sale de tu asesoría o de la AEAT.